sábado, 14 de febrero de 2015

CASO BALLIVIÁN TSDD aclara : sanción sólo es internacional

El presidente del Tribunal Superior de Disciplina Deportiva (TSDD) de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF), Mauricio Fuentelsaz, aclaró ayer al # 1 de que el segundo fallo emitido por la instancia de justicia federativa sobre el caso del defensor Ramiro Ballivián, de Universitario de Sucre, se aplica sólo al ámbito internacional.

El jugador fue sancionado por una agresión verbal a un juez de línea en el partido amistoso Bolivia-México, el 9 de septiembre de 2014.

La sanción se computa desde el 27 de septiembre de 2014 hasta el 27 de marzo de 2015.

Fuentelsaz explicó de que el segundo fallo emitido el 24 de enero de este año y que anuló el dictamen del TSDD de fecha 27 de septiembre de 2014, bajo la presidencia de Mario Monterrey, no prohíbe al futbolista actuar en la Liga.

“La carta enviada por la FIFA indica que la sanción internacional no se hará extensiva porque no se cumplió con el artículo 137 del Código Disciplinario, que dice que se debe citar y aperturar un término de prueba. En el primer fallo no lo hicieron y lo sancionaron. Se remite al primer fallo, el del 27 de septiembre”, indicó Fuentelsaz.

Debido precisamente a los errores procedimentales, la defensa del jugador presentó un memorial pidiendo la nulidad del fallo.

Bajo la presidencia de Fuentelsaz, el TSDD enmendó el error de procedimiento, convocó a declarar a Ballivián y falló con una sanción de seis meses de suspensión, que se aplica solamente para competencias internacionales.

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